Efectivo: 16 de febrero de 2023

Cláusulas contractuales estándar (procesadores)

Controlador de datos tal como se define en el Acuerdo de procesamiento de datos (el " exportador de datos "),

Y

PME Solutions LLC, que se encuentra en 14689 Lee Hwy #411, Gainesville, VA 20156, Estados Unidos. si el exportador de datos transfiere datos personales a PME Solutions LLC en virtud del Acuerdo de procesamiento de datos;

(la entidad pertinente de PME Solutions LLC descrita anteriormente se denomina " importador de datos "),

cada uno una “fiesta”; juntos “las partes”,

HAN ACORDADO las siguientes Cláusulas contractuales (las “Cláusulas”) con el fin de aportar garantías adecuadas con respecto a la protección de la privacidad y los derechos y libertades fundamentales de las personas para la transferencia por parte del exportador de datos al importador de datos de los datos personales especificados en Apéndice 1.

SECCIÓN I

Cláusula 1

Propósito y alcance

(a)  Las presentes cláusulas contractuales tipo tienen por objeto garantizar el cumplimiento de los requisitos del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y sobre la libre circulación de dichos datos (Reglamento General de Protección de Datos) (1) para la transferencia de datos personales a un tercer país.

(b) Las Partes:

(i)  la(s) persona(s) física(s) o jurídica(s), la(s) autoridad(es) pública(s), la(s) agencia(s) u otro(s) organismo(s) (en adelante, 'entidad(es)') que transfieren los datos personales, tal como se enumeran en el Anexo I. A (en adelante, cada 'exportador de datos') , y

(ii) la(s) entidad(es) en un tercer país que recibe los datos personales del exportador de datos, directa o indirectamente a través de otra entidad también Parte de estas Cláusulas, como se enumeran en el Anexo I.A (en adelante, cada 'importador de datos')

han aceptado estas cláusulas contractuales tipo (en adelante: 'Cláusulas').

(C)  Estas Cláusulas se aplican con respecto a la transferencia de datos personales como se especifica en el Anexo IB

(d) El Apéndice a estas Cláusulas que contiene los Anexos a los que se hace referencia en ellas forma parte integral de estas Cláusulas.

Cláusula 2

Efecto e invariabilidad de las Cláusulas

(a)  Estas Cláusulas establecen las garantías adecuadas, incluidos los derechos exigibles de los interesados ​​y los recursos legales efectivos, de conformidad con el Artículo 46(1) y el Artículo 46(2)(c) del Reglamento (UE) 2016/679 y, con respecto a las transferencias de datos de los controladores a encargados y/o encargados a encargados, cláusulas contractuales estándar de conformidad con el artículo 28, apartado 7, del Reglamento (UE) 2016/679, siempre que no se modifiquen, excepto para seleccionar el/los Módulo(s) adecuado(s) o para añadir o actualizar información en el apéndice. Ello no impide que las Partes incluyan las cláusulas contractuales tipo previstas en estas Cláusulas en un contrato más amplio y/o añadan otras cláusulas o garantías adicionales, siempre que no contradigan, directa o indirectamente, estas Cláusulas ni perjudiquen los derechos fundamentales o libertades de los interesados.

(b) Las presentes Cláusulas se entienden sin perjuicio de las obligaciones a las que esté sujeto el exportador de datos en virtud del Reglamento (UE) 2016/679.

Cláusula 3

Terceros beneficiarios

(a)  Los interesados ​​pueden invocar y hacer cumplir estas Cláusulas, como terceros beneficiarios, contra el exportador de datos y/o el importador de datos, con las siguientes excepciones:

(i)  Cláusula 1, Cláusula 2, Cláusula 3, Cláusula 6, Cláusula 7;

(ii) Cláusula 8.1(b), 8.9(a), (c), (d) y (e);

(iii) Cláusula 9 – Cláusula 9(a), (c), (d) y (e);

(iv) Cláusula 12 – Cláusula 12(a), (d) y (f);

(v) Cláusula 13;

(vi) Cláusula 15.1(c), (d) y (e);

(vii) Cláusula 16(e);

(viii) Cláusula 18 – Cláusula 18(a) y (b);

(b) El párrafo (a) se entiende sin perjuicio de los derechos de los interesados ​​en virtud del Reglamento (UE) 2016/679.

Cláusula 4

Interpretación

(a)  Cuando estas Cláusulas utilicen términos definidos en el Reglamento (UE) 2016/679, dichos términos tendrán el mismo significado que en dicho Reglamento.

(b) Estas Cláusulas se leerán e interpretarán a la luz de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679.

(C)  Estas Cláusulas no se interpretarán de manera que entren en conflicto con los derechos y obligaciones previstos en el Reglamento (UE) 2016/679.

Cláusula 5

Jerarquía

En caso de contradicción entre estas Cláusulas y las disposiciones de los acuerdos relacionados entre las Partes, existentes en el momento en que se acuerden estas Cláusulas o se celebren posteriormente, estas Cláusulas prevalecerán.

Cláusula 6

Descripción de la(s) transferencia(s)

Los detalles de la(s) transferencia(s) y, en particular, las categorías de datos personales que se transfieren y los fines para los que se transfieren, se especifican en el Anexo IB.

Cláusula 7

Cláusula de acoplamiento 

(a)  Una entidad que no sea Parte de estas Cláusulas podrá, con el acuerdo de las Partes, adherirse a estas Cláusulas en cualquier momento, ya sea como exportador de datos o como importador de datos, completando el Apéndice y firmando el Anexo IA

(b) Una vez que haya completado el Apéndice y firmado el Anexo IA, la entidad adherente se convertirá en Parte de estas Cláusulas y tendrá los derechos y obligaciones de un exportador o importador de datos de acuerdo con su designación en el Anexo IA.

(C)  La entidad adherente no tendrá derechos u obligaciones derivados de estas Cláusulas desde el período anterior a convertirse en Parte.

SECCIÓN II - OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Cláusula 8

Garantías de protección de datos

El exportador de datos garantiza que ha realizado esfuerzos razonables para determinar que el importador de datos puede, mediante la implementación de medidas técnicas y organizativas apropiadas, cumplir con sus obligaciones en virtud de estas Cláusulas.

8.1 Instrucciones

(a)  El importador de datos procesará los datos personales solo siguiendo instrucciones documentadas del exportador de datos. El exportador de datos podrá dar tales instrucciones a lo largo de la duración del contrato.

(b) El importador de datos informará inmediatamente al exportador de datos si no puede seguir esas instrucciones.

8.2 Limitación de finalidad

El importador de datos procesará los datos personales solo para los fines específicos de la transferencia, como se establece en el Anexo IB, a menos que reciba instrucciones adicionales del exportador de datos.

8.3 Transparencia

Previa solicitud, el exportador de datos pondrá a disposición del interesado una copia de estas Cláusulas, incluido el Apéndice completado por las Partes, de forma gratuita. En la medida necesaria para proteger los secretos comerciales u otra información confidencial, incluidas las medidas descritas en el Anexo II y los datos personales, el exportador de datos puede redactar parte del texto del Apéndice de estas Cláusulas antes de compartir una copia, pero deberá proporcionar un resumen significativo. cuando, de otro modo, el interesado no podría comprender su contenido o ejercer sus derechos. Previa solicitud, las Partes proporcionarán al interesado los motivos de las expurgaciones, en la medida de lo posible sin revelar la información expurgada. Esta Cláusula se entiende sin perjuicio de las obligaciones del exportador de datos en virtud de los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) 2016/679.

8.4 Precisión

Si el importador de datos se da cuenta de que los datos personales que ha recibido son inexactos o están desactualizados, informará al exportador de datos sin demora indebida. En este caso, el importador de datos cooperará con el exportador de datos para borrar o rectificar los datos.

8.5 Duración del procesamiento y borrado o devolución de datos

El procesamiento por parte del importador de datos solo tendrá lugar durante la duración especificada en el Anexo IB Después del final de la prestación de los servicios de procesamiento, el importador de datos, a elección del exportador de datos, eliminará todos los datos personales procesados ​​en nombre de los datos. exportador y certificar al exportador de datos que lo ha hecho, o devolver al exportador de datos todos los datos personales procesados ​​en su nombre y eliminar las copias existentes. Hasta que los datos sean eliminados o devueltos, el importador de datos continuará asegurando el cumplimiento de estas Cláusulas. En caso de que las leyes locales aplicables al importador de datos prohíban la devolución o la eliminación de los datos personales, el importador de datos garantiza que seguirá garantizando el cumplimiento de estas Cláusulas y solo los procesará en la medida y durante el tiempo que sea necesario en virtud de dicha cláusula. ley local. Esto es sin perjuicio de la Cláusula 14, en particular, el requisito para el importador de datos bajo la Cláusula 14(e) de notificar al exportador de datos durante la vigencia del contrato si tiene motivos para creer que está o ha quedado sujeto a las leyes o prácticas que no estén en línea con los requisitos de la Cláusula 14(a).

8.6 Seguridad del procesamiento

(a)  El importador de datos y, durante la transmisión, también el exportador de datos implementarán las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar la seguridad de los datos, incluida la protección contra una violación de la seguridad que conduzca a la destrucción, pérdida, alteración, divulgación o acceso no autorizados accidental o ilegalmente. esos datos (en adelante, 'violación de datos personales'). Al evaluar el nivel adecuado de seguridad, las Partes tendrán debidamente en cuenta el estado de la técnica, los costos de implementación, la naturaleza, el alcance, el contexto y el(los) propósito(s) del procesamiento y los riesgos involucrados en el procesamiento para los interesados. Las Partes considerarán, en particular, recurrir al cifrado o la seudonimización, incluso durante la transmisión, cuando el propósito del procesamiento pueda cumplirse de esa manera. En caso de seudonimización, la información adicional para atribuir los datos personales a un interesado específico permanecerá, en la medida de lo posible, bajo el control exclusivo del exportador de datos. Para cumplir con sus obligaciones bajo este párrafo, el importador de datos deberá implementar al menos las medidas técnicas y organizativas especificadas en el Anexo II. El importador de datos llevará a cabo comprobaciones periódicas para garantizar que estas medidas siguen proporcionando un nivel de seguridad adecuado.

(b) El importador de datos otorgará acceso a los datos personales a los miembros de su personal solo en la medida estrictamente necesaria para la ejecución, gestión y seguimiento del contrato. Se asegurará de que las personas autorizadas para procesar los datos personales se hayan comprometido a mantener la confidencialidad o estén bajo una obligación legal apropiada de confidencialidad.

(C)  En el caso de una violación de datos personales relacionada con los datos personales procesados ​​por el importador de datos en virtud de estas Cláusulas, el importador de datos deberá tomar las medidas adecuadas para abordar la violación, incluidas las medidas para mitigar sus efectos adversos. El importador de datos también notificará al exportador de datos sin demora indebida después de haber tenido conocimiento de la infracción. Dicha notificación contendrá los detalles de un punto de contacto donde se pueda obtener más información, una descripción de la naturaleza de la infracción (incluidas, cuando sea posible, categorías y un número aproximado de interesados ​​y registros de datos personales afectados), sus posibles consecuencias y las medidas tomadas o propuestas para hacer frente al incumplimiento incluyendo, en su caso, medidas para mitigar sus posibles efectos adversos. Cuando, y en la medida en que, no sea posible proporcionar toda la información al mismo tiempo, la notificación inicial contendrá la información disponible en ese momento y la información adicional, a medida que esté disponible, se proporcionará posteriormente sin demora indebida.

(d) El importador de datos cooperará con el exportador de datos y lo asistirá para permitirle cumplir con sus obligaciones en virtud del Reglamento (UE) 2016/679, en particular, para notificar a la autoridad de control competente y a los interesados ​​afectados, teniendo en cuenta cuenta la naturaleza del procesamiento y la información disponible para el importador de datos.

8.7 Datos sensibles

Cuando la transferencia involucre datos personales que revelen el origen racial o étnico, opiniones políticas, creencias religiosas o filosóficas, afiliación sindical, datos genéticos o datos biométricos con el fin de identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o la vida sexual de una persona o orientación, o datos relativos a condenas e infracciones penales (en adelante, 'datos sensibles), el importador de datos aplicará las restricciones específicas y/o salvaguardas adicionales descritas en el Anexo IB

8.8 Transferencias posteriores

El importador de datos solo divulgará los datos personales a un tercero siguiendo instrucciones documentadas del exportador de datos. Además, los datos solo se pueden divulgar a un tercero ubicado fuera de la Unión Europea (4) (en el mismo país que el importador de datos o en otro tercer país, en lo sucesivo, "transferencia posterior") si el tercero es o está de acuerdo con estar obligado por estas Cláusulas, bajo el Módulo apropiado, o si:

(a)  la transferencia posterior es a un país que se beneficia de una decisión de adecuación de conformidad con el artículo 45 del Reglamento (UE) 2016/679 que cubre la transferencia posterior;

(b) el tercero garantice las garantías adecuadas de conformidad con los artículos 46 o 47 del Reglamento (UE) 2016/679 con respecto al procesamiento en cuestión;

(C)  la transferencia posterior es necesaria para el establecimiento, ejercicio o defensa de reclamaciones legales en el contexto de procedimientos administrativos, reglamentarios o judiciales específicos; o

(d) la transferencia posterior es necesaria para proteger los intereses vitales del interesado o de otra persona física.

Cualquier transferencia posterior está sujeta al cumplimiento por parte del importador de datos de todas las demás salvaguardias en virtud de estas Cláusulas, en particular, la limitación del propósito.

8.9 Documentación y cumplimiento

(a)  El importador de datos deberá atender de manera rápida y adecuada las consultas del exportador de datos que se relacionen con el procesamiento en virtud de estas Cláusulas.

(b) Las Partes podrán demostrar el cumplimiento de estas Cláusulas. En particular, el importador de datos conservará la documentación adecuada sobre las actividades de procesamiento llevadas a cabo en nombre del exportador de datos.

(C)  El importador de datos pondrá a disposición del exportador de datos toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en estas Cláusulas y, a solicitud del exportador de datos, permitirá y contribuirá a las auditorías de las actividades de procesamiento cubiertas por estas Cláusulas, a intervalos razonables o si hay indicios de incumplimiento. Al decidir sobre una revisión o auditoría, el exportador de datos puede tener en cuenta las certificaciones pertinentes en poder del importador de datos.

(d) El exportador de datos puede optar por realizar la auditoría por sí mismo o encargar a un auditor independiente. Las auditorías pueden incluir inspecciones en los locales o instalaciones físicas del importador de datos y, cuando corresponda, se llevarán a cabo con un aviso razonable.

(mi)  Las Partes pondrán a disposición de la autoridad de control competente, previa solicitud, la información a que se refieren los párrafos (b) y (c), incluidos los resultados de cualquier auditoría.

Cláusula 9

Uso de subprocesadores 

(a)  El importador de datos tiene la autorización general del exportador de datos para la contratación de subprocesadores de una lista acordada. El importador de datos informará específicamente al exportador de datos por escrito de cualquier cambio previsto en esa lista mediante la adición o sustitución de subprocesadores con al menos catorce días de antelación, dando así al exportador de datos tiempo suficiente para poder oponerse a dichos cambios antes a la participación de los subprocesadores. El importador de datos proporcionará al exportador de datos la información necesaria para que el exportador de datos pueda ejercer su derecho de oposición.

(b) Cuando el importador de datos contrate a un subprocesador para llevar a cabo actividades de procesamiento específicas (en nombre del exportador de datos), lo hará mediante un contrato escrito que establezca, en sustancia, las mismas obligaciones de protección de datos que aquellos que vinculan al importador de datos bajo estas Cláusulas, incluso en términos de derechos de terceros beneficiarios para los interesados. (8) Las Partes acuerdan que, al cumplir con esta Cláusula, el importador de datos cumple con sus obligaciones en virtud de la Cláusula 8.8. El importador de datos se asegurará de que el subprocesador cumpla con las obligaciones a las que está sujeto el importador de datos de conformidad con estas Cláusulas.

(C)  El importador de datos proporcionará, a solicitud del exportador de datos, una copia de dicho acuerdo de subprocesador y cualquier modificación posterior al exportador de datos. En la medida necesaria para proteger los secretos comerciales u otra información confidencial, incluidos los datos personales, el importador de datos puede redactar el texto del acuerdo antes de compartir una copia.

(d) El importador de datos seguirá siendo plenamente responsable ante el exportador de datos por el cumplimiento de las obligaciones del subprocesador en virtud de su contrato con el importador de datos. El importador de datos notificará al exportador de datos cualquier incumplimiento por parte del subprocesador de sus obligaciones en virtud de ese contrato.

(mi)  El importador de datos acordará una cláusula de tercero beneficiario con el subprocesador por la cual, en caso de que el importador de datos haya desaparecido de hecho, haya dejado de existir legalmente o se haya declarado insolvente, el exportador de datos tendrá derecho a rescindir el contrato. contrato de subprocesador e instruir al subprocesador para que borre o devuelva los datos personales.

Cláusula 10

Derechos de los interesados

(a)  El importador de datos notificará de inmediato al exportador de datos cualquier solicitud que haya recibido de un interesado. No responderá a esa solicitud por sí mismo a menos que haya sido autorizado para hacerlo por el exportador de datos.

(b) El importador de datos ayudará al exportador de datos a cumplir con sus obligaciones de responder a las solicitudes de los interesados ​​para el ejercicio de sus derechos en virtud del Reglamento (UE) 2016/679. A este respecto, las Partes establecerán en el Anexo II las medidas técnicas y organizativas adecuadas, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento, mediante las cuales se prestará la asistencia, así como el alcance y la extensión de la asistencia requerida.

(C)  En el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de los párrafos (a) y (b), el importador de datos deberá cumplir con las instrucciones del exportador de datos.

Cláusula 11

Compensación

(a)  El importador de datos informará a los interesados ​​en un formato transparente y de fácil acceso, a través de un aviso individual o en su sitio web, de un punto de contacto autorizado para atender quejas. Atenderá con prontitud las quejas que reciba de un interesado.

(b) En caso de una disputa entre un interesado y una de las Partes con respecto al cumplimiento de estas Cláusulas, esa Parte hará todo lo posible para resolver el problema de manera amistosa y de manera oportuna. Las Partes se mantendrán informadas sobre tales controversias y, en su caso, cooperarán para resolverlas.

(C)  Cuando el interesado invoque el derecho de un tercero beneficiario de conformidad con la Cláusula 3, el importador de datos aceptará la decisión del interesado de:

(i)    presentar una reclamación ante la autoridad de control del Estado miembro de su residencia habitual o lugar de trabajo, o la autoridad de control competente de conformidad con la Cláusula 13;

(ii)    remitir la disputa a los tribunales competentes en el sentido de la Cláusula 18.

(d) Las Partes aceptan que el interesado pueda estar representado por un organismo, organización o asociación sin ánimo de lucro en las condiciones establecidas en el artículo 80, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679.

(mi)  El importador de datos deberá acatar una decisión que sea vinculante en virtud de la legislación aplicable de la UE o del Estado miembro.

(F)  El importador de datos acepta que la elección realizada por el titular de los datos no perjudicará sus derechos sustantivos y procesales para buscar recursos de conformidad con las leyes aplicables.

Cláusula 12

Responsabilidad

(a)  Cada Parte será responsable frente a la(s) otra(s) Parte(s) por cualquier daño que cause a la(s) otra(s) Parte(s) por cualquier incumplimiento de estas Cláusulas.

(b) El importador de datos será responsable ante el sujeto de datos, y el sujeto de datos tendrá derecho a recibir una compensación, por cualquier daño material o inmaterial que el importador de datos o su subprocesador cause al sujeto de datos al violar el tercero- derechos de parte beneficiaria en virtud de estas Cláusulas.

(C)  No obstante lo dispuesto en el párrafo (b), el exportador de datos será responsable ante el sujeto de datos, y el sujeto de datos tendrá derecho a recibir compensación, por cualquier daño material o no material al exportador de datos o al importador de datos (o su subprocesador) cause al titular de los datos al violar los derechos del tercero beneficiario bajo estas Cláusulas. Esto se entiende sin perjuicio de la responsabilidad del exportador de datos y, cuando el exportador de datos sea un procesador que actúe en nombre de un controlador, de la responsabilidad del controlador en virtud del Reglamento (UE) 2016/679 o el Reglamento (UE) 2018/1725, según corresponda.

(d) Las Partes acuerdan que si el exportador de datos es responsable en virtud del párrafo (c) por daños causados ​​por el importador de datos (o su subprocesador), tendrá derecho a reclamar al importador de datos esa parte de la compensación correspondiente a la responsabilidad del importador de datos por el daño.

(mi)  Cuando más de una Parte sea responsable de cualquier daño causado al interesado como consecuencia del incumplimiento de estas Cláusulas, todas las Partes responsables serán solidariamente responsables y el interesado tendrá derecho a emprender acciones judiciales contra cualquiera de ellas. Fiestas.

(F)  Las Partes acuerdan que si una de las Partes es responsable de conformidad con el párrafo (e), tendrá derecho a reclamar a la(s) otra(s) Parte(s) la parte de la compensación correspondiente a su responsabilidad por el daño.

(g) El importador de datos no puede invocar la conducta de un subprocesador para evitar su propia responsabilidad.

Cláusula 13

Supervisión

(a)  Las partes acuerdan que la autoridad de control responsable de garantizar el cumplimiento por parte del exportador de datos del Reglamento (UE) 2016/679 en lo que respecta a la transferencia de datos será la Autoridad de Protección de Datos de los Países Bajos (Autoriteit Persoonsgegevens), que actuará como autoridad de control competente.

(b) El importador de datos se compromete a someterse a la jurisdicción y cooperar con la autoridad de control competente en cualquier procedimiento destinado a asegurar el cumplimiento de estas Cláusulas. En particular, el importador de datos se compromete a responder consultas, someterse a auditorías y cumplir con las medidas adoptadas por la autoridad de control, incluidas las medidas correctivas y compensatorias. Proporcionará a la autoridad de control una confirmación por escrito de que se han tomado las medidas necesarias.

SECCIÓN III - LEYES LOCALES Y OBLIGACIONES EN CASO DE ACCESO POR AUTORIDADES PÚBLICAS

Cláusula 14

Leyes y prácticas locales que afectan el cumplimiento de las Cláusulas

(a)  Las Partes garantizan que no tienen motivos para creer que las leyes y prácticas en el tercer país de destino son aplicables al procesamiento de los datos personales por parte del importador de datos, incluidos los requisitos para divulgar datos personales o las medidas que autorizan el acceso por parte de las autoridades públicas. impedir que el importador de datos cumpla con sus obligaciones en virtud de estas Cláusulas. Esto se basa en el entendimiento de que las leyes y prácticas que respeten la esencia de los derechos y libertades fundamentales y no excedan de lo necesario y proporcionado en una sociedad democrática para salvaguardar uno de los objetivos enumerados en el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE ) 2016/679 no están en contradicción con estas Cláusulas.

(b) Las Partes declaran que al proporcionar la garantía en el párrafo (a), han tenido debidamente en cuenta, en particular, los siguientes elementos:

(i) las circunstancias específicas de la transferencia, incluida la longitud de la cadena de procesamiento, el número de actores involucrados y los canales de transmisión utilizados; transferencias ulteriores previstas; el tipo de destinatario; la finalidad del tratamiento; las categorías y el formato de los datos personales transferidos; el sector económico en el que se produce la transferencia; la ubicación de almacenamiento de los datos transferidos;

(ii) las leyes y prácticas del tercer país de destino, incluidas las que exigen la divulgación de datos a las autoridades públicas o autorizan el acceso de dichas autoridades, pertinentes a la luz de las circunstancias específicas de la transferencia, y las limitaciones y salvaguardias aplicables (12 );

(iii) cualquier salvaguarda contractual, técnica u organizativa relevante establecida para complementar las salvaguardias en virtud de estas Cláusulas, incluidas las medidas aplicadas durante la transmisión y el procesamiento de los datos personales en el país de destino.

(C)  El importador de datos garantiza que, al realizar la evaluación en virtud del párrafo (b), ha hecho todo lo posible para proporcionar al exportador de datos la información pertinente y acepta que continuará cooperando con el exportador de datos para garantizar el cumplimiento de estas Cláusulas.

(d) Las Partes acuerdan documentar la evaluación en virtud del párrafo (b) y ponerla a disposición de la autoridad de control competente cuando así lo solicite.

(mi)  El importador de datos acuerda notificar al exportador de datos de inmediato si, después de haber aceptado estas Cláusulas y durante la vigencia del contrato, tiene motivos para creer que está o ha quedado sujeto a leyes o prácticas que no se ajustan a los requisitos del párrafo (a), incluso después de un cambio en las leyes del tercer país o una medida (como una solicitud de divulgación) que indica una aplicación de dichas leyes en la práctica que no está en línea con los requisitos del párrafo (a).

(F)  Después de una notificación de conformidad con el párrafo (e), o si el exportador de datos tiene motivos para creer que el importador de datos ya no puede cumplir con sus obligaciones en virtud de estas Cláusulas, el exportador de datos identificará de inmediato las medidas apropiadas (por ejemplo, medidas técnicas u organizativas para garantizar seguridad y confidencialidad) que debe adoptar el exportador de datos y/o el importador de datos para abordar la situación. El exportador de datos suspenderá la transferencia de datos si considera que no se pueden garantizar las garantías adecuadas para dicha transferencia, o si así lo instruye la autoridad de control competente. En este caso, el exportador de datos tendrá derecho a rescindir el contrato, en lo que se refiere al tratamiento de datos personales en virtud de las presentes Cláusulas. Si el contrato involucra a más de dos Partes, el exportador de datos puede ejercer este derecho de rescisión solo con respecto a la Parte correspondiente, a menos que las Partes hayan acordado lo contrario. Cuando el contrato se rescinda de conformidad con esta Cláusula, se aplicará la Cláusula 16 (d) y (e).

Cláusula 15

Obligaciones del importador de datos en caso de acceso por parte de las autoridades públicas

15.1 Notificación

(a)  El importador de datos se compromete a notificar al exportador de datos y, cuando sea posible, al interesado de inmediato (si es necesario con la ayuda del exportador de datos) si:

(i) recibe una solicitud legalmente vinculante de una autoridad pública, incluidas las autoridades judiciales, según las leyes del país de destino para la divulgación de datos personales transferidos de conformidad con estas Cláusulas; dicha notificación incluirá información sobre los datos personales solicitados, la autoridad requirente, el fundamento jurídico de la solicitud y la respuesta brindada; o

(ii) tenga conocimiento de cualquier acceso directo por parte de las autoridades públicas a los datos personales transferidos de conformidad con estas Cláusulas de conformidad con las leyes del país de destino; dicha notificación deberá incluir toda la información disponible para el importador.

(b) Si el importador de datos tiene prohibido notificar al exportador de datos y/o al sujeto de los datos bajo las leyes del país de destino, el importador de datos acepta hacer sus mejores esfuerzos para obtener una exención de la prohibición, con miras a comunicar tanta información como sea posible, tan pronto como sea posible. El importador de datos se compromete a documentar sus mejores esfuerzos para poder demostrarlos a solicitud del exportador de datos.

(C)  Cuando lo permitan las leyes del país de destino, el importador de datos acepta proporcionar al exportador de datos, a intervalos regulares durante la vigencia del contrato, tanta información relevante como sea posible sobre las solicitudes recibidas (en particular, número de solicitudes, tipo de datos solicitados, autoridad o autoridades solicitantes, si las solicitudes han sido impugnadas y el resultado de dichas impugnaciones, etc.).

(d) El importador de datos se compromete a conservar la información de conformidad con los párrafos (a) a (c) durante la duración del contrato y ponerla a disposición de la autoridad de control competente cuando se le solicite.

(mi)  Los párrafos (a) a (c) se entienden sin perjuicio de la obligación del importador de datos de conformidad con la Cláusula 14(e) y la Cláusula 16 de informar al exportador de datos de inmediato cuando no pueda cumplir con estas Cláusulas.

15.2 Revisión de la legalidad y minimización de datos

(a)  El importador de datos acepta revisar la legalidad de la solicitud de divulgación, en particular, si se mantiene dentro de los poderes otorgados a la autoridad pública solicitante, y a impugnar la solicitud si, después de una evaluación cuidadosa, concluye que existen motivos razonables para considerar que la solicitud es ilegal según las leyes del país de destino, las obligaciones aplicables según el derecho internacional y los principios de cortesía internacional. El importador de datos deberá, en las mismas condiciones, ejercer las posibilidades de apelación. Al impugnar una solicitud, el importador de datos deberá solicitar medidas cautelares con miras a suspender los efectos de la solicitud hasta que la autoridad judicial competente se pronuncie sobre sus méritos. No divulgará los datos personales solicitados hasta que así lo requieran las normas procesales aplicables. Estos requisitos se entienden sin perjuicio de las obligaciones del importador de datos en virtud de la Cláusula 14(e).

(b) El importador de datos acepta documentar su evaluación legal y cualquier objeción a la solicitud de divulgación y, en la medida permitida por las leyes del país de destino, poner la documentación a disposición del exportador de datos. También lo pondrá a disposición de la autoridad de control competente que lo solicite.

(C)  El importador de datos se compromete a proporcionar la cantidad mínima de información permitida al responder a una solicitud de divulgación, con base en una interpretación razonable de la solicitud.

SECCIÓN IV - DISPOSICIONES FINALES

Cláusula 16

Incumplimiento de las Cláusulas y resolución

(a)  El importador de datos informará de inmediato al exportador de datos si no puede cumplir con estas Cláusulas, por cualquier motivo.

(b) En caso de que el importador de datos incumpla estas Cláusulas o no pueda cumplir con estas Cláusulas, el exportador de datos suspenderá la transferencia de datos personales al importador de datos hasta que se garantice nuevamente el cumplimiento o se rescinda el contrato. Esto es sin perjuicio de la Cláusula 14(f).

(C)  El exportador de datos tendrá derecho a rescindir el contrato, en lo que se refiere al tratamiento de datos personales en virtud de las presentes Cláusulas, cuando:

(i) el exportador de datos ha suspendido la transferencia de datos personales al importador de datos de conformidad con el párrafo (b) y el cumplimiento de estas Cláusulas no se restablece dentro de un tiempo razonable y, en cualquier caso, dentro de un mes de suspensión;

(ii) el importador de datos incurre en un incumplimiento sustancial o persistente de estas Cláusulas; o

(iii) el importador de datos no cumple con una decisión vinculante de un tribunal competente o autoridad de control con respecto a sus obligaciones en virtud de estas Cláusulas.

En estos casos, informará a la autoridad de control competente de dicho incumplimiento. Cuando el contrato involucre a más de dos Partes, el exportador de datos puede ejercer este derecho de rescisión solo con respecto a la Parte correspondiente, a menos que las Partes hayan acordado lo contrario.

(d) Los datos personales que hayan sido transferidos antes de la terminación del contrato de conformidad con el párrafo (c) serán devueltos inmediatamente al exportador de datos o eliminados en su totalidad, a elección del exportador de datos. Lo mismo se aplicará a cualquier copia de los datos. El importador de datos certificará la eliminación de los datos al exportador de datos. Hasta que los datos sean eliminados o devueltos, el importador de datos continuará asegurando el cumplimiento de estas Cláusulas. En caso de que las leyes locales aplicables al importador de datos prohíban la devolución o eliminación de los datos personales transferidos, el importador de datos garantiza que continuará asegurando el cumplimiento de estas Cláusulas y solo procesará los datos en la medida y durante el tiempo que sea necesario. requerido bajo esa ley local.

(mi)  Cualquiera de las Partes podrá revocar su acuerdo de obligarse por estas Cláusulas cuando (i) la Comisión Europea adopte una decisión de conformidad con el Artículo 45(3) del Reglamento (UE) 2016/679 que cubra la transferencia de datos personales a los que se aplican estas Cláusulas; o (ii) el Reglamento (UE) 2016/679 pasa a formar parte del marco legal del país al que se transfieren los datos personales. Todo ello sin perjuicio de otras obligaciones aplicables al tratamiento en cuestión en virtud del Reglamento (UE) 2016/679.

Cláusula 17

Ley que rige 

Estas Cláusulas se regirán por la legislación del Estado miembro de la UE en el que esté establecido el exportador de datos. Cuando dicha ley no permita los derechos de los terceros beneficiarios, se regirán por la ley de otro Estado miembro de la UE que permita los derechos de los terceros beneficiarios.

Cláusula 18

Elección de foro y jurisdicción

(a)  Cualquier disputa que surja de estas Cláusulas será resuelta por los tribunales de los Estados Unidos.

(b) Las Partes acuerdan que serán los tribunales del estado de Virginia.

(C)  Un interesado también puede emprender acciones legales contra el exportador de datos y/o el importador de datos ante los tribunales del Estado miembro en el que tiene su residencia habitual.

(d) Las Partes acuerdan someterse a la jurisdicción de dichos tribunales.

Apéndice 1 de las cláusulas contractuales estándar de PME Solutions LLC

Este Apéndice forma parte de las Cláusulas

Exportador de datos El exportador de datos es la entidad legal ajena a PME Solutions LLC que es parte de las Cláusulas.

Importador de datos. El importador de datos es: PME Solutions LLC 

si el exportador de datos está transfiriendo datos personales a PME Solutions LLC  en virtud del Acuerdo de procesamiento de datos; o

Sujetos de datos. Los datos personales transferidos se refieren a las siguientes categorías de sujetos de datos: Los sujetos de datos incluyen personas sobre las cuales se proporcionan datos que se originaron en el EEE a PME Solutions LLC a través de los Servicios comerciales por (o bajo la dirección de) el exportador de datos.

Categorías de datos. Los datos personales transferidos se refieren a las siguientes categorías de datos: Datos relativos a personas físicas facilitados a  PME Solutions LLC a través de los Servicios comerciales por (o bajo la dirección de) el exportador de datos, como se especifica en el Anexo 1: Detalles del procesamiento de datos del Acuerdo de procesamiento de datos.

Categorías especiales de datos (si corresponde) Los datos personales transferidos se refieren a las siguientes categorías especiales de datos: Ninguna

Operaciones de procesamiento PME Solutions LLC procesará los datos personales con el fin de proporcionar los Servicios comerciales al exportador de datos de acuerdo con y como se describe en el Acuerdo de procesamiento de datos y estas Cláusulas.

Apéndice 2 de las cláusulas contractuales estándar de PME Solutions LLC

Este Apéndice forma parte de las Cláusulas.

Descripción de las medidas de seguridad técnicas y organizativas implementadas por el importador de datos de conformidad con las Cláusulas 4(c) y 5(c). El importador de datos actualmente cumple con los estándares de seguridad del Anexo 2 - Medidas de seguridad de PME Solutions LLC del Acuerdo de procesamiento de datos. El importador de datos puede actualizar o modificar estos estándares de seguridad de vez en cuando.

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